Mediadora familiar María Isabel Concha Santander
Licenciada en Trabajo Social
N° Registro 7409
¿Qué beneficios tiene la mediación privada?
Rapidez
No requiere de un abogado
Los acuerdos tienen valor de sentencia judicial
¿Qué materias se pueden mediar?
Relaciones mutuas entre los cónyuges, especialmente los alimentos que se deben.
Pensión alimenticia para los hijos/as.
Pensión compensatoria para el cónyuge que la solicita.
Cuidado personal de los hijos/as (tuición).
Relación directa y regular que mantendrá con los hijos/as (visitas) aquél de los padres que no los tuviere bajo su cuidado.
Materias vinculadas al régimen de bienes del matrimonio.
Los aspectos educativos en la crianza de los hijos/as.
Otros Servicios
Credencial de Discapacidad
Abarca enfermedades articulares degenerativas, déficit neuromuscular, amputaciones, diferentes tipos de cáncer y patologías mentales, pacientes con Insuficiencia Renal Crónica ( IRC), fibromialgia.
Credencial de discapacidad para NNA (NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES) TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA (TEA) CEA Ley N°21.545
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